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febrero 10

Acciones legales frente a la inclusión indebida en un fichero de morosos

Si has tenido algún problema de impago a una compañía de telefonía, con el seguro de tu vehículo, o con la hipoteca de tu vivienda, puede que hayas sido incluido en un fichero de morosos. ¿Es esto legal? ¿Crees que no deberías estar incluido en el fichero de impagos? ¿Qué puedo hacer en estos casos?

En este artículo vamos a hablar sobre qué acciones legales debes tomar ante la inclusión en un fichero de morosos de forma indebida.

¿Es legal que me incluyan en un fichero de morosos?

Pues la respuesta es sí. Gracias a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal que regula la creación de listas relacionadas con el cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias, es totalmente legal incluir a una persona física o jurídica en un fichero de morosos.


“Podrán tratarse también datos de carácter personal relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés. En estos casos se notificará a los interesados respecto de los que hayan registrado datos de carácter personal en ficheros, en el plazo de treinta días desde dicho registro, una referencia de los que hubiesen sido incluidos y se les informará de su derecho a recabar información de la totalidad de ellos, en los términos establecidos por la presente Ley” .- artículo 29. Prestación de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito.


¿Cómo sé si aparezco en un fichero de morosos?

Para saber si estamos en una lista de morosos, debemos diferenciar entre persona física o jurídica. En el primer caso deberás buscar en los ficheros de ASNEF, que es un servicio gratuito. En el segundo, si tienes una deuda dineraria pendiente, aparecerías en el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas), y aquí sí tienes que darte de alta y pagar por ver la información.

Por lo general, existen hasta tres casos en los que un individuo suele darse cuenta de que forma parte de un fichero de morosidad.

  • La primera es mediante una notificación, a través de la cual obtendremos un número de referencia con el que consultar los datos en el fichero.
  • La segunda es al solicitar un servicio financiero, ya que puede que este se nos deniegue.
  • Por último, al ejercer el derecho de acceso a estos listados, ya que cualquier persona física (a través de ASNEF), o jurídica, dándose de alta, previo pago en el RAI, puede solicitar revisar su posible inclusión en un fichero de morosos.

¿Cuándo la inclusión en un fichero de morosos puede ser indebida?

El art.20 de la Ley Orgánica 3/2018 especifica los casos en los que estas inclusiones podrían ser  indebidas, y estas son:

  • La deuda debe ser cierta, vencida y exigible.
  • El fichero incluye datos personales del supuesto deudor.
  • Si se incluye una deuda que está siendo objeto de reclamación administrativa o judicial.
  • La inclusión de cantidades menores a 50€.
  • Si el supuesto deudor no ha sido informado por el acreedor por la posible inclusión en un fichero de morosidad.

¿Cómo podemos solucionar una inclusión indebida en un fichero de morosidad?

Existen dos casos en el que una deuda pueda haber sido incluida en un fichero de morosidad de forma indebida. El primero, es que la deuda es cierta, vencida y exigible; y el segundo, es que sea fruto de un error.

En el primer supuesto deberemos de conseguir las pruebas necesarias para argumentar que esa inclusión ha sido indebida, para luego presentarlas ante el responsable del fichero.

En el segundo supuesto, simplemente tendremos que hacernos cargo del importe a pagar y comunicarlo al responsable del fichero.

¿Qué acciones legales podemos tomar?

De nuevo, el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018, nos da la respuesta a esto en sus apartados ‘c’ y ‘d’. En ellos defiende el derecho de los individuos que son incluidos de forma indebida en los ficheros de morosidad.

Mediante la establecido en la LOPD, la persona física podrá interponer reclamaciones fichero de morosos y a la Agencia Española de Protección de Datos. Incluso, lo podrá hacer mediante vía judicial, en ella se podrá reclamar una indemnización por daños y perjuicios causados por la intromisión ilegítima de los derechos fundamentales.

Por lo tanto, hasta que no disponemos de toda la información necesaria, no podremos confirmar ni afrontar con certeza la inclusión en un fichero de morosidad.

Nuestra recomendación como abogados expertos en fichero de morosos es que contactes con nosotros para poder asesorarte sobre cómo actuar ante este tipo de situaciones y proceder a reclamar la liberación del fichero, en caso de que se trate de una inclusión indebida.

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