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mayo 27

Cómo defender tus derechos con la custodia compartida en 2022

En los casos de separación y divorcio, muchas parejas deben acatar las sentencias judiciales de la custodia compartida de los hijos. A veces, saltan a la prensa algunos casos que, aunque aislados, llaman mucho la atención porque van contra el sentido común y desembocan en situaciones desagradables tanto para los progenitores como para los menores.

Cómo defender tus derechos con la custodia compartida es clave en los casos de ruptura de una pareja, y es esencial recibir el asesoramiento de un abogado experto en custodia compartida para tener la garantía de que se respetan el espíritu y la letra del Derecho de Familia.

¿En qué consiste la custodia compartida?

La custodia compartida es una de las maneras en las que, ante una separación o divorcio, la Justicia ampara el derecho de los padres a cuidar de sus hijos menores de edad y de sus hijos incapacitados, si los hubiera, en igualdad de condiciones y competencias. También en igualdad de deberes hacia dichos hijos custodiados. Está regulada por el artículo 92.8 del Código Civil.

La custodia compartida permite a los padres que se separan o divorcian seguir siendo padres; es decir, seguir “ejerciendo” su papel parental respecto a los hijos menores de edad tenidos en común en la pareja disuelta.

Pero hay algo más importante: el bienestar y el equilibrio emocional de los hijos menores. Al fijar la guarda y custodia compartida, se mantiene la relación de los hijos menores con sus padres, por lo que estos quedan protegidos de un sentimiento de “pérdida” de alguno de sus padres y se les garantiza una convivencia normalizada en el entorno familiar, porque no pierden el contacto frecuente con ninguno de ellos.

La custodia compartida es el reparto equitativo de las responsabilidades de los padres sobre las decisiones que afectan a la salud, la educación y el bienestar de los hijos menores.

Igualdad de derechos y obligaciones en la custodia compartida

La custodia compartida hace posible que los padres conserven sus derechos legales en condiciones de igualdad y, por tanto, su papel de autoridad y su responsabilidad en el cuidado, desarrollo y protección de los menores.

La custodia compartida no supone únicamente compartir tiempo con los hijos. No garantiza la convivencia con los niños como si tal convivencia fuera un simple “pasatiempo” de los ratos de ocio. La custodia compartida obliga a los padres a cumplir con su papel de padres; obliga a involucrarse en condiciones de igualdad en todos los aspectos de la vida cotidiana de los hijos menores o incapacitados.

Requisitos de la custodia compartida

La custodia compartida es una vía para garantizar el equilibrio y la estabilidad emocional tanto de los hijos menores de edad o incapacitados como de los propios padres de estos. La Jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que han de darse algunos criterios para establecer este régimen de convivencia:

Por ejemplo, se tiene en cuenta la práctica anterior y las aptitudes de los padres en relación con sus hijos; los deseos de los menores competentes; el número de hijos; el cumplimiento de los padres de sus deberes hacia sus hijos; el respeto mutuo; los acuerdos adoptados por los padres; la cercanía geográfica de los distintos domicilios de los padres; los horarios y actividades ambos y cualquier otro factor que intervenga o influya en el bienestar de los menores.

Es especialmente importante tener en cuenta la edad de los hijos menores, puesto que cuando estos son lactantes, menores de dos años, los jueces deben considerarlo a la hora de establecer este régimen familiar, sin impedir la custodia conjunta. Los Jueces de Familia consideran que la lactancia es importante. Pero es más importante aún la relación del niño con su padre.

Denegación de la custodia compartida

La Justicia puede denegar la custodia compartida en algunos casos, teniendo siempre en cuenta que lo que prevalece es la protección de los derechos e intereses del menor. Por ejemplo:

  • Estilo de vida desorganizado que puede afectar a la estabilidad emocional del niño y a su desarrollo.
  • Desatención de los cuidados necesarios (comida, higiene, escolarización, desatención médica…)
  • Cambio de residencia, si uno de los padres se traslada a vivir lejos de su entorno familiar, educativo y social habituales.
  • Síndrome de alienación parental. Trastorno del menor ocasionado por la manipulación ejercida por uno de los progenitores, que lo predispone contra el otro.
  • Conducta violenta, antecedentes penales, maltrato o abuso psicológico o físico.
  • Adicciones. Si uno de los padres sufre una adicción que afecta a su capacidad de dedicación al bienestar y seguridad del hijo menor.
  • Ingresos penitenciarios. Si uno de los padres entra en prisión.
  • Otros motivos de denegación de la custodia compartida pueden ser la mala relación entre progenitores; si el niño es muy pequeño (periodos de lactancia), falta de acuerdo en educación (centro educativo, clases extraescolares…), inviabilidad de los horarios laborales de los padres; falta de una vivienda digna de uno de los padres, etc…
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