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enero 3

La nueva Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital: requisitos 2022

El Congreso de los Diputados ha aprobado el Real Decreto Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital, una norma que incorpora una serie de mejoras que entrarán en vigor el 1 de enero de 2022.

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital (IMV)?

EL Ingreso Mínimo Vital es una prestación mensual que ofrece la Seguridad Social a los hogares más vulnerables para que puedan cubrir sus necesidades básicas. De esta forma, se garantiza un nivel de renta mínima a las personas que se encuentran en una situación vulnerable. En líneas generales, el importe de renta mínima oscina entre 450€ para una persona que viva sola y 1015€ para familias numerosas.

Ingreso Mínimo Vital: requisitos 2022

Para poder recibir la prestación, deben cumplirse los siguientes requisitos en el momento de su solicitud y durante todo el tiempo de la percepción de la misma.

  • Ser residente legal en España desde al menos un año ininterrumpido. 
  • Tener entre 23 y 65 años y no ser beneficiario de una pensión por jubilación o incapacidad.  
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica. Para determinar la situación de vulnerabilidad se tendrá en cuenta la capacidad económica de la persona o unidad familiar.  
  • Haber pedido las pensiones y prestaciones a las que se tenga derecho.

Modificaciones de la Ley de Ingreso Mínimo Vital

Se espera que las modificaciones que incorpora esta nueva ley aligeren parte de los requisitos facilitando el acceso de las familias vulnerables a la prestación. Estas son las principales mejoras que introduce el Real Decreto Ley 19/2021 y que han entrado en vigor el 1 de enero de 2022.

  • Aumenta un 3% el Ingreso Mínimo Vital junto a las pensiones mínimas y no contributivas.
  • Introduce una ayuda complementaria para actuales beneficiarios del IMV, así como hogares con rentas bajas, con menores a cargo cuya cuantía variará en función de la edad de los menores, siendo de entre 50€ y 100€ por niño.
  • Podrán acceder al IMV los jóvenes mayores de edad que hayan estado tutelados por entidades públicas o provengan de centros de protección de menores.
  • Las personas con una discapacidad superior al 65% dispondrán de un complemento del 22% para la unidad de convivencia.
  • Introduce un complemento del 22% para familias monoparentales y personas con discapacidad superior al 65%.

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