La nueva Ley de Tráfico establece nuevas sanciones y endurece las existentes. Llevar el móvil en la mano, superar los límites de velocidad en 20 kilómetros por hora en adelantamientos y adelantar una bicicleta sin guardar la distancia mínima son algunas de las conductas que conllevarán importantes multas y pérdidas de puntos sin precedentes hasta la fecha.
La nueva Ley de Tráfico fue aprobada el 2 de diciembre de 2021 y entró en vigor el 21 de marzo pasado. Se ha vuelto mucho más estricta en todas las posibles infracciones con pérdida de puntos y persigue especialmente los comportamientos peligrosos al volante.
Otra novedad consiste en que, por primera vez, establece reglas que afectan a los nuevos medios de movilidad personal, como los patinetes, e incide en todas aquellas maniobras que puedan ser potencialmente peligrosas para la seguridad de los ciclistas.
Los principales cambios de la nueva Ley de Tráfico 2022
Los principales cambios de la nueva Ley de Tráfico son de bastante calado y endurece las multas más frecuentes, como son las que se imponen por llevar en la mano un teléfono móvil cuando se maneja el volante; cuando no se lleva apropiadamente el cinturón de seguridad (la sanción aumenta si no se lleva puesto) o cuando se realizan adelantamientos a los ciclistas y conductores de ciclomotores que pueden desequilibrar o poner en aprietos a dichos conductores.
Conducir sujetando el teléfono móvil
Si antes un conductor perdía tres puntos de su carnet de conducir por llevar el móvil en la mano estando al volante, ahora los puntos que se pierden son el doble: seis. La multa sigue siendo de 200 euros, y los puntos que se pierden son tres si el conductor usa el móvil, aunque no lo tenga en la mano.
Arrojar objetos a la carretera
Arrojar a la carretera y al arcén, o a la cuneta, cualquier objeto que pudiera provocar un incendio o ser peligroso para otros vehículos que circulen por la zona se sancionaba con la pérdida de cuatro puntos. Ahora se sanciona con seis.
Ciclistas y ciclomotores
También se elevan de cuatro a seis puntos los que se pierden por adelantar indebidamente a los ciclistas o conductores de ciclomotores, poniendo en peligro su seguridad o entorpeciendo su marcha, y sin separarse como mínimo 1,5 metros de ellos. Y aún así, esta separación no será suficiente si la carretera por la que se está circulando es de dos o más carriles por sentido, ya que en estos casos el coche que adelanta debe de hacerlo pasando por completo al carril contiguo.
Cinturón de seguridad
Los tres puntos que antes se perdían por utilizar, o no hacerlo de forma adecuada, el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección personal son ahora cuatro puntos perdidos.
Detección de radares
La nueva Ley de Tráfico sanciona con la pérdida de tres puntos al conductor que lleve en el coche cualquier mecanismo de detección de radares, o cinemómetros. Antes sólo se sancionaba si tales aparatos estaban siendo utilizados, pero no su posesión.
Móviles dentro del casco
Quien oculte dentro del casco un teléfono móvil, sujetándolo entre la cabeza y dicho casco, perderá tres puntos.
Dispositivos de intercomunicación
Utilizar dispositivos de intercomunicación en los exámenes de conducir es una infracción muy grave, sancionada con 500 euros y seis meses sin poder presentarse de nuevo al examen.
Dos años sin multas para recuperar los puntos
El periodo que debe de transcurrir para recuperar puntos perdidos es de dos años sin nuevas multas, siempre que el conductor no haya perdido todo el saldo de dichos puntos. Y si antes se permitía rebasar en 20 kilómetros por hora el límite de velocidad al hacer un adelantamiento, ahora se prohíbe: el límite de velocidad es el mismo para todos, incluso adelantando a otros coches.
Movilidad personal
Es obligatorio llevar casco cuando se desplaza uno con un vehículo de movilidad personal, como son los patinetes, al igual que sucede con las bicicletas y ciclos. Y estos aparatos no pueden circular por las aceras ni otras zonas peatonales.
Contaminación
Se multa con 200 euros a quien no respete las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones.
Alcoholímetros
A partir del 6 de julio de este año, es obligatorio incorporar al vehículo dispositivos alcoholímetros antiarranque en los vehículos de transporte de viajeros (autobuses escolares, por ejemplo). No cumplirlo supone una infracción considerada “muy grave” y la multa asciende a 500 euros. Se establece la “tasa cero” de alcohol para los menores de edad conductores de cualquier vehículo.
Negación de auxilio en carretera
También es “muy grave” la negación de auxilio en carretera. La multa es, igualmente, de 500 euros.
Conducción segura
Infracción leve y multa de hasta 100 euros será “incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo”. Se podrán recuperar dos puntos por hacer cursos de conducción segura, certificados por la DGT. Pero no será efectiva hasta que entre en vigor la regulación de las condiciones que deben cumplir tales cursos. Se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización para la obtención del permiso o licencia de conducir, que podrán impartirse también online siempre que se asegure la interacción a través de un aula virtual.
En Lidiare Abogados somos abogados expertos en tráfico. Consulta sin compromiso cualquier duda sobre la nueva Ley de Tráfico y cómo puede afectarte el endurecimiento de las sanciones.