Debido a la situación económica y tras la pandemia se ha incrementado el número de inquilinos que han dejado de cumplir sus obligaciones. Los incumplimientos más comunes son el impago de la renta y las cantidades asimiladas (fianza o suministros, por ejemplo); la realización de actividades calificadas como insalubres, peligrosas o nocivas; y el subarrendamiento ilegal del inmueble.
La negociación es el primer paso para recuperar el inmueble a la mayor brevedad posible. Por ello, durante todo el proceso debe estar abierta la vía de negociación con el inquilino. Asimismo, es una forma de asegurarse que los daños del inmueble sean menos graves, ya que la relación con el arrendatario es menos tensa.
¿Cómo comunicar a un inquilino que deje la vivienda?
Cuando el inquilino no desaloja de forma voluntaria el inmueble por el incumplimiento de las obligaciones del contrato, la mejor forma es notificar mediante un burofax. Si se quiere presentar una demanda de desahucio, el burofax es el medio de comunicación más adecuado, ya que gracias al acuse de recibo se puede saber si el arrendatario ha recibido el requerimiento.
El uso del burofax en estos procedimientos no es obligatorio por ley. Sin embargo, si se presenta la demanda en el juzgado sin haber enviado el requerimiento al inquilino, el juzgado le dará un plazo de diez días para pagar o consignar las cantidades que debe. Además, para que sea efectivo, el burofax debe mandarse en un plazo de 30 días antes de la presentación de la demanda.
Cuando se envía el requerimiento, en ocasiones el inquilino no quiere recogerlo o es imposible comunicarse con él. No obstante, la no recogida del burofax no exime al arrendatario de sus obligaciones, ya que la jurisprudencia lo da por notificado cuando se deja la notificación en el buzón.
Presentación de la demanda por incumplimiento de contrato
Cuando se ha mandado el requerimiento y no ha habido acuerdo con el inquilino, el siguiente paso es presentar la demanda. En este momento procesal pueden ocurrir dos casos:
- El inquilino contesta a la demanda presentada, por lo que se va a vista y sentencia del juicio.
- El inquilino no contesta a la demanda presentada, por lo que se dictará un decreto que será ejecutable con la sentencia.
De forma paralela se iniciará un procedimiento de ejecución, para lograr el pago de las rentas u otras cantidades, como la fianza o los daños ocasionados en el interior de la vivienda. Se estima que este tipo de procesos tienen una duración entre seis meses y un año y medio, dependiendo de cada caso.
Para llevar a cabo el procedimiento de forma adecuada, se aconseja acudir a un profesional en la materia. En Lidiare, nuestros abogados especialistas en derecho inmobiliario te ayudan a recuperar el inmueble en la mayor brevedad posible, así como lograr las cantidades impagadas por el arrendatario.