La pareja de hecho se ha convertido en la alternativa más habitual al matrimonio civil o religioso, especialmente entre parejas en las que uno de los miembros es extranjero.
El ordenamiento jurídico español entiende por pareja de hecho “la unión estable de convivencia entre dos personas no unidas por matrimonio, aunque en análoga relación de afectividad”. Vamos a detallar cuales son los principales requisitos y ventajas de ser pareja de hecho en 2021 y en qué lo diferencia del matrimonio.
Características de una pareja de hecho
Para que podamos reconocer la existencia de una pareja de hecho deben darse las siguientes circunstancias:
- La unión de dos personas
- Una relación pública como si se tratase de un matrimonio
- No haber contraído matrimonio
- Convivir de manera estable y duradera
- La intención de construir una vida en familia con intereses compartidos
Requisitos para ser pareja de hecho
Existen dos opciones para constituir oficialmente una pareja de hecho: mediante un escrito notarial o inscribiéndose en el registro de parejas de hecho.
Actualmente, la legislación estatal no regula las parejas de hecho. Por lo que, para formalizarlo, deberemos consultar la legislación de la Comunidad Autónoma de residencia.
Sin embargo, aunque pueda variar en función de la Comunidad Autónoma, su regulación presenta unos requisitos comunes en las leyes autonómicas, que pueden resumirse en los siguientes puntos:
- Ser mayor de 18 años o menor emancipado
- No estar incapacitado
- No estar casado y, de haberlo estado, presentar el divorcio
- Que no exista parentesco directo entre los miembros de la pareja
- Demostrar un periodo mínimo de uno o dos años de convivencia
- Que por lo menos uno de los miembros esté empadronado en la comunidad donde se hace la inscripción
Pareja de hecho vs matrimonio
Las diferencias más reseñables entre constituir una pareja de hecho y un matrimonio son de materia fiscal, hereditaria y de patrimonio común.
Los miembros de una pareja de hecho no pueden tributar de manera conjunta la declaración del IRPF, mientras que los cónyuges de un matrimonio pueden escoger hacerlo de forma conjunta o independiente.
Respecto al aspecto hereditario, cuando se da un fallecimiento sin testamento, los derechos varían en función de la legislación de cada comunidad autónoma. El País Vasco, Baleares, Navarra, Cataluña y Aragón reconocen el derecho hereditario de la pareja de hecho. Sin embargo, en el resto de comunidades, a no ser que se regule en el testamento, la pareja de hecho no tendrá derecho sucesorio.
Por norma general, las parejas de hecho no tienen ningún derecho a recibir una pensión compensatoria en caso de ruptura. En lo que se refiere a los hijos, la adopción o la asistencia sanitaria, no existe gran diferencia entre los derechos de los miembros de una pareja de hecho y los conyugues de un matrimonio.
Si tienes dudas, es recomendable consultar tu situación con un abogado especializado en derecho de familia que conozca la complejidad de las relaciones familiares y pueda asesorarte sobre las opciones disponibles que más pueden beneficiarte.