La creencia de que con un modelo estándar se están cumpliendo con las exigencias del artículo 31 bis del Código Penal es un grave error.
Lo que se exige es que el programa de compliance sea el resultado de un trabajo a la medida.
Cada manual de cumplimiento penal deberá acreditar que está hecho a la medida de la empresa teniendo en cuenta sus circunstancias particulares:
El órgano de administración de su empresa es quien debe llevar a cabo la tarea de implementar un programa de compliance penal.
El desarrollo de un programa de compliance penal transita por un proceso complejo cuyos hitos fundamentales son:
Nuestro trabajo en el diseño e implementación de un programa de compliance penal tiene como punto de partida el organigrama de la empresa: áreas funcionales o departamentos y 25 tipos delictivos de los que pueden derivarse responsabilidades penales a la empresa y al órgano de administración.
Mediante una fase de consultas, se define el mapa de actividades de riesgo de la empresa. Acto seguido, se desarrolla una serie de informes sobre los que llevar a cabo nuestra aportación profesional con el objetivo de culminar con un manual de compliance individualizado y ajustado a las características y singularidades de su empresa.
Tenga en cuenta que a día de hoy son muchos los que afirman estar especializados en materia de compliance penal y son muy pocos los que, de verdad, poseen la formación y la experiencia suficientes en esta especialización. Los socios de LIDIARE tenemos un amplio recorrido en esta materia.
Si desea información o resolver alguna duda, puede ponerse en contacto con nosotros. Daremos respuesta a todas sus preguntas acerca de los programas personalizados de compliance para su empresa.
Estaremos encantados en ponernos a su disposición y poder ayudarle.