Las sucesivas olas de calor que estamos sufriendo en España este verano de 2022 suponen un riesgo real y directo para la salud de los trabajadores/as que desempeñan sus tareas al aire libre expuestos a las altas temperaturas. Es el caso de los trabajadores de la construcción, operarios viales o trabajadores agrícolas, entre otros.
También son de queja común las altas temperaturas o la humedad que se percibe en ciertos espacios cerrados de trabajo: oficinas, tiendas, almacenes, etc. Pero, ¿Está preparada la normativa española para proteger a los trabajadores de las actuales condiciones extremas de calor? ¿Cómo se pronuncian las leyes del derecho laboral al respecto?
Qué dice la ley de prevención de riesgos laborales sobre el calor
Las leyes, tanto el Real Decreto 486/97 como la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, establecen un máximo y mínimo de temperatura en interiores, a la que un trabajador puede desarrollar sus funciones, pero no es así en trabajadores al aire libre, como los del sector de la construcción o agrícola.
Así pues, para trabajadores al aire libre únicamente advierten de que las condiciones ambientales en los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia, siendo los empresarios lo que garanticen la salud de los trabajadores a su cargo en cualquier situación con medidas como compactar las horas de trabajo, proveer a los trabajadores de sistemas para su hidratación, o cambiar la ropa de verano.
Temperatura máxima permitida en el trabajo en 2022
La normativa española por el Real Decreto 486/197, hablamos de trabajos en interior, distingue entre trabajos sedentarios para los cuales las temperaturas deberán estar comprendidas entre los 17 y los 27º, y los trabajos ligeros para los que pretende evitar el llamado “estrés térmico” con temperaturas de entre los 14 a 25º. En cuanto a la humedad, debe estar entre un 30 a un 70%, y no más de un 50% en locales con riesgo por electricidad estática.
En cuanto a los trabajos al aire libre, será responsable la empresa, teniendo que llegar a acuerdos con sus trabajadores para asegurar su bienestar. Por lo tanto, hoy por hoy, no se dispone de una normativa que regule si pueden continuar con sus trabajos aunque estas temperaturas estén marcando registros cada vez más altos y de más larga duración.
¿Puedo negarme a trabajar por calor? ¿Cuáles son mis derechos laborales ante las altas temperaturas?
Como hemos visto, la Ley protege más claramente al trabajador que desarrolla su labor en un interior, dejando en manos del empresario la salud del que lo hace al aire libre.
Por lo tanto, llegado el momento de incluso negarse a trabajar por condiciones extremas de calor, puedes denunciar esta situación de desamparo por parte de la empresa, siendo muy distintas las formas que utilizaremos en unas y otras reclamaciones. La salud del trabajador está por encima de cualquier obligación.
Esta reclamación deberá estar bien descrita y presentarse en la forma correcta para su mayor eficacia; por lo que nuestro consejo, es acudir a un abogado laboralista para que el proceso sea lo más beneficioso posible para el trabajador.
En Lidiare somos abogados especialistas en derecho laboral. Si crees estar en tu derecho a reclamar mayores medidas de seguridad laboral, en este caso por altas temperaturas, no dudes en contactar con nosotros.