La competencia desleal o ilícita es uno de los conceptos jurídicos más complejos y ambiguos que podemos encontrar en el ámbito del derecho mercantil. La competencia desleal comprende aquellos actos o prácticas que faltan a la buena fe y afectan al funcionamiento normal del mercado.
Ley de competencia desleal
La Ley de Competencia Desleal (LCD) tiene como objetivo proteger la libre y honesta competencia del mercado y evitar todo el comportamiento contrario a la diligencia profesional que pueda distorsionar el correcto funcionamiento económico del mismo.
Así pues, además de ser un mecanismo de defensa de las empresas en el mercado, la LCD también asegura la protección del consumidor frente a prácticas o comportamientos que vulneren sus derechos.
Actos de competencia desleal
Ante la dificultad para determinar qué prácticas faltan a la buena fe, la Ley de Competencia desleal detalla una un listado de conductas consideradas desleales e ilícitas.
Actos de engaño y de confusión
Cualquier conducta que contenga información falsa o confusa se considera un acto desleal cuando afecte a:
- La naturaleza o existencia de un bien o servicio
- Las características del bien o servicio
- La postventa o reclamación
- El compromiso contractual
- El precio y su fijación
- La necesidad de recambios, sustitución o reparación
- Las características, naturaleza o derechos del empresario
- Los derechos del consumidor
Omisiones engañosas
La omisión de información esencial para la correcta toma de decisiones, así como facilitar información ambigua o poco clara.
Prácticas agresivas
Cualquier comportamiento que pretenda limitar o condicionar la libertad de elección y toma de decisiones respecto al bien o servicio mediante acoso, coacción o abuso de poder.
Actos de denigración
La realización o difusión de afirmaciones para desprestigiar la reputación comercial de un tercero es considerada desleal siempre y cuando dichas manifestaciones no sean exactas, verdaderas y pertinentes.
Actos de comparación
Los actos de comparación pública y la publicidad comparativa están permitidos siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- Los bienes y servicios comparados tienen la misma finalidad
- Objetividad de la comparación
- La comparación de productos amparados por una denominación de origen deberá ser con productos de la misma denominación
Actos de imitación
Los actos de imitación de bienes o servicios son libres salvo que se trate de productos con marca protegida. Se considerará así mismo un comportamiento desleal cualquier imitación que pretenda generar una asociación en el consumidor o perjudicar la reputación de la competencia.
Explotación de la reputación ajena
Siendo las prácticas más habituales de competencia desleal, se considera desleal el aprovechamiento indebido de la reputación de un tercero para obtener beneficio propio.
Violación de secretos
Regulado por la Ley de Secretos Empresariales, se considera un comportamiento ilícito la divulgación o explotación de secretos empresariales.
Inducción a la infracción contractual
La inducción de trabajadores, proveedores, clientes, investigadores y desarrolladores de terceros a infringir sus obligaciones contractuales.
Violación de normas
Obtener ventaja competitiva o beneficio significativo de la infracción de normas jurídicas.
Discriminación y dependencia económica
La LCD prohíbe la discriminación del consumidor así como el aprovechamiento por parte de la empresa de la dependencia económica de terceros. Así mismo, se considera desleal la ruptura de una relación comercial sin preaviso y la obtención de mejora de condiciones bajo amenaza de ruptura.
Venta a pérdida
Se considera competencia desleal la fijación de precios de venta bajo coste o precio de adquisición cuando pueda inducir a error a los consumidores o tenga como objetivo desacreditar los bienes o establecimientos de terceros.
Publicidad ilícita
Se considera publicidad ilícita, y por lo tanto, un comportamiento desleal:
- Aquella que vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución o atente contra la dignidad de la persona
- La que incite a menores a la compra de un bien o servicios
- La publicidad subliminal
- La que infrinja la normativa sobre la publicidad de determinados bienes o servicios
- La publicidad engañosa, desleal y agresiva
En Lidiare contamos con un departamento especializado en la defensa de la libre competencia y en reclamar cualquier daño por alteraciones en la competencia o competencia desleal. Podemos ayudarte si necesitas apoyo jurídico en material de derecho mercantil.