La situación económica actual de inflación ha empujado al Banco Central Europeo a subir los tipos de interés con el objetivo de controlar los precios. Esto afecta principalmente a las familias más vulnerables.
Para paliar esta situación, el gobierno de España ha tomado una serie de medias, aprobadas en el Real Decreto-Ley 19/2022.
Concretamente se ha llevado a cabo una reforma del Código de Buenas Prácticas de 2012 (RDL 09/06/2021) de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. Y se ha realizado otro Código de Buenas Prácticas, de naturaleza coyuntural y temporal, de 24 meses de duración.
Se podrán beneficiar de estas medidas de renegociación de deuda todas aquellas personas físicas, ya sean titulares de un préstamo o de un crédito garantizado con hipoteca sobre su vivienda habitual, cuyo precio no sea superior a los 300.000€ y que se haya formalizado antes de finalizar al año 2022.
Medidas a las que podrán acogerse las personas físicas que soliciten una renegociación de deuda hipotecaria
Las medidas a las que podrán acogerse las personas físicas, que cumplan los requisitos, para la renegociación de la deuda con su banco, según el nuevo Real Decreto 19/2022, son los siguientes:
Convertir de tipo variable a fijo el préstamo hipotecario
Ampliación de los plazos de duración del préstamo, con opción de carencia o de cuotas fijas temporales de 12 meses, hasta un máximo de 7 años. Durante el periodo de carencia, salvo en préstamos a tipo de interés fijo, se reducirá el tipo de interés aplicable del Euribor, pasando este a ser de un + 0,5%, a un -0,10%.
Posibilidad de solicitar un segundo plan de reestructuración
Para ello se establecerá un periodo de carencia de hasta 5 años, en el que se aplicará el mismo tipo de interés reducido del primer periodo de carencia.
Ampliación del plazo de solicitud de dación en pago de la vivienda
Esta ampliación será de un año a dos, cuando la reestructuración no resulte viable o sea obvia la imposibilidad de atender los pagos a los dos años después de haber solicitado la reestructuración.
Ampliación del plazo de solicitud de alquiler de la vivienda
Por último, se amplía de seis meses a un año, el plazo de solicitud de alquiler de la vivienda al que tiene derecho el deudor hipotecario cuyo lanzamiento se haya suspendido.
Situación económica de las personas o familias beneficiarias de la nueva ley de protección de deudores hipotecarios
Como medida principal debemos tener en cuenta que las ayudas que recibe dicha unidad familiar no podrán superar en 3,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), índice de referencia para la concesión de ayudas, subvenciones que puede recibir una unidad familiar.
Sin embargo, la nueva ley tiene en cuenta la situación económica que viven familias con circunstancias de especial vulnerabilidad, tales como ser familia numerosa o monoparental con menores de edad, familias con algún miembro con discapacidad física o intelectual superior al 33%, o con una enfermedad que incapacite a alguno de sus miembros para ejercer una actividad laboral, familias con algún miembro víctima de violencia de género, etc.
Nuestros abogados expertos en derecho bancario, ya prevén las distintas situaciones económicas necesarias para que una unidad familiar pueda acogerse a las nuevas medidas descritas en el RD 19/2022 para la renegociación de deudas bancarias.
Si crees que, por la situación económica y familiar actual, podemos ayudarte a renegociar tu deuda hipotecaria con el banco gracias a las nuevas medidas del Gobierno, no dudes en contar con nuestros abogados especialistas en renegociación de deudas.
Para ello deberás hacerlo en los plazos marcados, los cuales te expondremos en una reunión y presentaremos la solicitud a tu banco en la que se acredite que cumples los requisitos demandados.