LLÁMENOS AL
hello world!
hello world!
septiembre 27

Sanciones por alcoholemia: ¿delito penal o sanción administrativa?

Conducir bajo los efectos del alcohol es un delito que atenta contra la seguridad vial. Así lo recoge el Código Penal en su artículo 379, en el que se especifica que conducir bajo la influencia de drogas o bebidas alcohólicas será castigado con “penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

La sanción, las consecuencias penales y la necesidad de contar con el apoyo legal de un abogado experto en sanciones de alcoholemia dependerán de la tasa de la prueba de alcoholemia y los motivos por los que se haya realizado dicha prueba.

Sanciones por superar la tasa de alcoholemia

De acuerdo con la legislación actual, se considera una tasa de alcohol sancionable para los conductores en general desde 0,25mg/l y hasta 0,60mg/l de aire espirado o un nivel de alcohol en sangre de 0,5gr/l hasta 1,19mg/l. Si hablamos de una tasa de aire espirado superior a 0,61mg/l o un nivel de alcohol en sangre de 1,2mg/l, es considerado un delito por conducir bajo los efectos del alcohol. 

Puedes consultar los límites de alcohol permitidos de otro tipo de conductores como los noveles o los conductores profesionales en este documento informativo de la DGT.

Es importante tener en cuenta que los delitos de alcoholemia no dependen exclusivamente del resultado de la prueba de alcoholemia, ya que se trata de una prueba más para demostrar la conducción bajo los efectos del alcohol.

Es posible ser acusado de conducir bajo los efectos del alcohol sin haber dado positivo en la prueba si los síntomas son evidentes y probatorios.

Sanciones administrativas por alcoholemia

  • Sanción de 500€ y la retirada de 4 puntos del carnet por una tasa de aire espirado de entre 0,26mg/l y 0,50mg/l.
  • Sanción de 1000€ y la retirada de 6 puntos del carnet por una tasa de aire espirado de hasta 0,60 mg/l.

Sanciones penales por alcoholemia

Es considerado un delito penal una tasa de aire espirado superior a 0,60 mg/l y el infractor se puede enfrentar a condenas de entre 3 y 6 meses de prisión, de 6 a 12 meses de multa, trabajos comunitarios entre 30 y 90 días y de 1 a 4 años de retirada del carnet de conducir.

Negarse a hacer la prueba de alcoholemia

Además, la negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia, es considerada una infracción muy grave. Según el artículo 383 del Código Penal, se trata de un delito castigable con prisión de 6 meses a un año, así como la retirada del permiso de conducir durante un periodo de entre 1 y 4 años.

Si has dado positivo en un control de alcoholemia y puedes enfrentarte a una sanción, contacta con nuestros abogados penalistas especializados en delitos por alcoholemia.

Buscar
CONTACTE CON NOSOTROS
Solicite información sin compromiso

    Nunca realizamos envíos comerciales. Únicamente utilizaremos sus datos para responder a su consulta.

    TEMAS
    LIDIARE es un despacho que nace líder como una nueva alternativa en servicios legales gracias a un equipo de abogados expertos que le garantiza defensa y ayuda.

      Nunca realizamos envíos comerciales. Únicamente utilizaremos sus datos para responder a su consulta.

      Copyright Lidiare 2020. All Rights Reserved.
      crossmenu linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram