La Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica el código penal vigente hasta la fecha, aborda cuestiones relativas al ámbito de corrupción, de terrorismo y financiero, entre otros.
La reforma, además, introduce importantes modificaciones en lo relativo a la responsabilidad penal de las empresas, lo que afecta directamente a las medidas puestas en práctica por estas organizaciones en cuanto a derecho penal.
En la reforma del código penal de 2019 publicada en el BOE se transponen varias Directivas de la Unión Europea en la lucha contra el fraude y el terrorismo. La norma busca proteger el euro y otras monedas frente a la falsificación.
La modificación afecta, además, a los delitos de abuso de mercado. Por la difusión de noticias o rumores que alteren la cotización en el mercado de valores, se impone la pena de prisión de seis meses a seis años.
Igualmente se castiga con pena de prisión de seis meses a seis años a quien utilice información privilegiada para la compra de activos financieros poniendo en peligro la integridad del mercado.
Las reformas que afectan a la responsabilidad penal de las personas jurídicas
La última actualización del código penal amplía el catálogo de delitos por los que una persona jurídica puede responder.
Estas modificaciones, además de limitar la conducta suponen especialmente un endurecimiento de las penas y sanciones económicas, como en el caso del delito de falsificación de moneda.
- Se introduce el delito de malversación dentro de su responsabilidad penal y se amplían los sujetos que podrían cometer el delito de cohecho. Hasta el momento, las personas jurídicas no respondían ni por malversación ni por administración desleal, por lo que, según la última reforma del Código Penal, estas deberán adaptarse a las modificaciones.
- Se amplía la responsabilidad de las personas jurídicas en el delito de terrorismo. Tras la nueva actualización, la figura de la persona jurídica no solo responderá por la financiación del terrorismo, sino que también por la comisión de cualquier tipo de delito relacionado.
- La reforma establece una nueva figura delictiva dentro de los delitos contra el mercado: la revelación de información privilegiada, por la que deberán responder también las personas jurídicas.
- Además, se incluye el reproche penal en los casos de provocación, conspiración y proposición para cometer delitos contra el mercado.
Esta reforma ha supuesto la necesidad de que las empresas busquen abogados penalistas especializados para diseñar un compliance penal acorde con la actividad de la empresa y llevar a cabo acciones para prevenir los delitos penales.